Consideraciones en PRECIOS DE TRANSFERENCIA en Costa Rica
Les aplica a contribuyentes que lleven a cabo operaciones de ingresos y de egresos o que tengan una incidencia en el impuesto sobre la renta, con empresas consideradas del mismo grupo económico, o donde exista influencia en la toma de decisiones sobre los precios, o que exista al menos un 25% de participación en capital social, derechos a voto, entre otros motivos que vinculan a las empresas.
Debe realizarse los informes locales una vez al año, por periodo fiscal registrado y en moneda local.
Un ajuste en precios de transferencia puede ser de carácter voluntario o cuando la Administración Tributaria aplique dicho procedimiento, que, para todos los efectos, este último es a la mediana (percentil 50). Este se origina cuando al concluir en los resultados obtenidos del periodo fiscal, se demuestra que el precio pactado entre las partes relacionadas se traduce en un beneficio que tiene como resultado, un menor pago de impuestos.
La norma de precios de transferencia en Costa Rica analiza operaciones con partes relacionadas locales y del extranjero.
Costa Rica mantiene vigente 3 niveles de documentación en materia de precios de transferencia: i) informe local, ii) informe corporativo (master file) y iii) reporte país por país (aplica con excepciones).
No existe monto mínimo que active la obligación de mantener en orden los precios de transferencia para los contribuyentes.
Actualmente se mantiene suspendida la obligación de la declaración informativa de precios de transferencia, mediante la Resolución DGT-R-28-2017.
Los contribuyentes cuentan con una nueva herramienta en precios de transferencia que se llama, Acuerdo de Precios Anticipados APA. Este permite luego de una solicitud que se hace a la Subdirección de Acuerdos Previos de Precios de Transferencia de la Dirección General de Tributación-SAPPT, resguardar y anticipar los resultados de las operaciones que se hayan sometido a la revisión, con el fin de cumplir con el principio de plena competencia, hasta por cinco años.
La práctica de precios de transferencia trae múltiples beneficios a las empresas, como puede ser el cumplimiento fiscal, un correcto manejo de riesgos, centralización de funciones, entre otros.
Con la adhesión de Costa Rica al grupo selectivo de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos-OCDE, se somete a mayor presión las obligaciones de precios de transferencia. La Administración Tributaria reconoce los lineamientos de esta organización que funge como guía en la práctica de precios de transferencia en Costa Rica.
Bianka Vargas M.
Senior Precios de Transferencia